
La denuncia presentada por la bancada UNES en contra de los miembros del Consejo de Administración Legislativa tiene relación con un supuesto incumplimiento de funciones en el tratamiento de dos proyectos de derogatoria de la ley tributaria que fue publicada en el Registro Oficial como decreto-ley en noviembre del 2021.
En el texto los legisladores relatan que el 7 de diciembre de 2021 la asambleísta Viviana Veloz presentó el proyecto de ley orgánica derogatoria del decreto-ley orgánica para el desarrollo económico y sostenibilidad fiscal tras la pandemia COVID-19, a dicho proyecto se realizó un alcance el 20 de diciembre de 2021. El 17 de marzo de 2022 el proyecto fue calificado por el CAL, es decir, pasaron 87 días desde que se presentó el alcance al proyecto de ley.
La bancada Unión por la Esperanza (UNES) presentó este 5 de abril una denuncia en contra de los siete miembros del Consejo de Administración Legislativa (CAL), por supuesto incumplimiento de funciones en el trámite de los dos proyectos de ley que planteaban la derogatoria a la ley tributaria.

La denuncia la formalizaron cuatro legisladores de UNES: Viviana Veloz, Luisa González, Blasco Luna y Fausto Jarrín. Este último señaló que con esta denuncia se quita el pretexto a la presidenta de la Asamblea, Guadalupe Llori, para que se proceda a conformar la comisión pluripartidista que investigue el accionar de los siete miembros del CAL, que preside Llori.
Antes se presentó una denuncia en contra de la presidenta de la legislatura por parte del bloque del Partido Social Cristiano (PSC), también por supuesto incumplimiento de funciones debido a la suspensión recurrente de las sesiones y además por no dar paso al pedido de apelación en la sesión del pasado 24 de febrero.
El artículo 56 de la Ley de la Función Legislativa dispone que el CAL en un plazo máximo de 60 días, desde su presentación, calificará los proyectos de ley remitidos por la presidenta de la Asamblea Nacional. En este caso el Consejo de Administración Legislativa se excedió en 27 días, lo cual consideran grave tomando en cuenta la importancia de este proyecto para enmendar una “ilegitimidad” cometida por el presidente de la República.
En el texto de la denuncia se señala que además del incumplimiento en el plazo, el CAL cometió otra irregularidad pues resolvió que antes de la calificación del proyecto se remitiera al pleno de la Asamblea Nacional una moción para que dicho órgano envíe el proyecto a la Corte Constitucional para consultarle respecto al alcance del artículo 140 de la Constitución. Esta moción se aprobó en la sesión del CAL del 28 de enero de 2022. Ese procedimiento, según la denuncia, no se encuentra en la Ley Orgánica de la Función Legislativa, por lo tanto, se señala que se inventaron un procedimiento que no consta en la ley.
Una segunda causal se refiere a un supuesto incumplimiento al artículo 14 de la Ley de la Función Legislativa, referente a la consulta prelegislativa y sostiene que hasta el momento no existe un reglamento actualizado para dicha consulta, lo cual ha afectado el cronograma para el tratamiento de la reforma a la ley de minería y a la ley de desarrollo fronterizo. Por lo tanto, los miembros del CAL incumplieron sus funciones.