{"id":1561,"date":"2022-05-20T19:50:25","date_gmt":"2022-05-21T00:50:25","guid":{"rendered":"https:\/\/aliamaya.com\/?p=1561"},"modified":"2023-02-28T07:48:04","modified_gmt":"2023-02-28T12:48:04","slug":"fiestas-de-cantonizacion-de-machala-es-legal-gastar-420-mil-dolares","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/aliamaya.com\/playerhd.eu\/radio\/aliradio\/2022\/05\/20\/fiestas-de-cantonizacion-de-machala-es-legal-gastar-420-mil-dolares\/","title":{"rendered":"Fiestas de cantonizaci\u00f3n de Machala. \u00bfEs legal gastar 420 mil d\u00f3lares?"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por: Abg. Daniel Andr\u00e9s Feijo\u00f3 P\u00e9rez.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Machala &#8211; El Oro.-<\/strong> El GAD Municipal de Machala ha anunciado p\u00fablicamente a trav\u00e9s de los canales de comunicaci\u00f3n oficiales y de medios particulares que celebrar\u00e1 las fiestas de cantonizaci\u00f3n con la partici\u00f3n de artistas nacionales y extranjeros en conciertos p\u00fablicos y gratuitos a realizarse desde el martes 14 al 18 de junio de 2022 en la explanada frente al Hospital General del IESS en Machala. Indudablemente esta noticia ha causado gran expectaci\u00f3n en la poblaci\u00f3n, polarizando la opini\u00f3n publica en torno a si es adecuado o no gastar dinero en fiestas habiendo otras necesidades urgentes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La actual administraci\u00f3n municipal de Machala se ufana de organizar una fastuosa celebraci\u00f3n de cantonizaci\u00f3n con la presencia de artistas tales como Alex Campos, Verde 70, Sergio Sacoto, Jessy Uribe, Juanes y J. Balvin, con un contrato de 6 cifras aduciendo promoci\u00f3n tur\u00edstica de la ciudad. Pero m\u00e1s all\u00e1 de si es moralmente correcto gastar varios miles de d\u00f3lares en las fiestas de cantonizaci\u00f3n, hablemos desde el derecho que es mi \u00e1rea de estudio y observemos si se ha actuado dentro del marco de la ley. &nbsp;&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Para entrar en contexto, es necesario conocer que el Gobierno Aut\u00f3nomo Descentralizado Municipal de Machala en el mes de marzo del presente a\u00f1o 2022, adjudic\u00f3 al proveedor Corporaci\u00f3n MIDAS el contrato de r\u00e9gimen especial No. RE-OACI-GADMM-01-022 cuyo objeto se denomina \u201cRealizaci\u00f3n de show art\u00edstico Machala Tur\u00edstica.\u201d, por el valor de USD 420 mil d\u00f3lares de los Estados Unidos de Am\u00e9rica. Seg\u00fan se puede apreciar en los pliegos que sirven como par\u00e1metros del proceso de contrataci\u00f3n, se detallan gastos por presentaci\u00f3n diaria de artistas por valor de 20 mil a 320 mil d\u00f3lares a cada uno de los cantantes. El servicio tambi\u00e9n incluye tarima, iluminaci\u00f3n y amplificaci\u00f3n. Esta informaci\u00f3n consta en la p\u00e1gina institucional del GAD Machala en la pesta\u00f1a trasparencia, en virtud del mandato de la Ley Org\u00e1nica de Transparencia y Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica y puede ser consultada por cualquier ciudadano.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Sabiendo esto, entonces surge la pregunta, \u00bfes procedente y legal contratar y pagar con presupuesto p\u00fablico un festival con cantantes por 420 mil d\u00f3lares? La respuesta es un contundente no, y a continuaci\u00f3n doy las razones. En principio porque ni en las funciones ni en las competencias exclusivas del gobierno aut\u00f3nomo descentralizado municipal establecidas en los Art 54 y 55 del C\u00f3digo Org\u00e1nico de Organizaci\u00f3n Territorial, Autonom\u00eda y Descentralizaci\u00f3n COOTAD se le autoriza expresamente la realizaci\u00f3n de gastos en eventos tales como fiestas o conciertos p\u00fablicos. Lo indicado guarda concordancia con el mandato del Art 226 de la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica que ordena que las instituciones del estado, as\u00ed como las personas que act\u00faen en virtud de una potestad publica solo podr\u00e1n ejercer las competencias y facultades que les sean atribuidas por la propia Constituci\u00f3n o por la ley, en consecuencia, el contrato celebrado por el Municipio de Machala es un acto manifiestamente arbitrario que no tienen sustento legal y que perjudica a los intereses de todos los machale\u00f1os, pues se est\u00e1n dilapidando los recursos p\u00fablicos a trav\u00e9s de un gasto no justificado de un servicio que no obedece a los fines constitucionales y legales del GAD.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Pero lo expuesto hasta aqu\u00ed no es una opini\u00f3n sin fundamento, pues a efectos de esgrimir adecuadamente mis argumentos y que se comprenda la gravedad de esta situaci\u00f3n, debo se\u00f1alar que la Procuradur\u00eda General del Estado a trav\u00e9s de los oficios No. 00042 del 15 de diciembre de 2010 y No. 03193 del 09 de agosto de 2011 en ejercicio de su facultad consultiva se ha pronunciado categ\u00f3ricamente sobre escenarios similares al descrito, ratificando que los GADS de acuerdo con lo dispuesto por el Art 331 literal a) del COOTAD no pueden arrogarse atribuciones que la Constituci\u00f3n o la ley no les otorga, por lo tanto no pueden efectuar gastos destinados a la realizaci\u00f3n de eventos relacionados con el aniversario de creaci\u00f3n del cant\u00f3n, estando prohibido destinar recursos para agasajos, fiestas, diversiones o regocijos p\u00fablicos. A la presente fecha este criterio no ha sido modificado o derogado, en tal virtud y en conformidad con el Art 3 literal a) y Art 13 de la Ley Org\u00e1nica de la Procuradur\u00eda General del Estado este sigue siendo de car\u00e1cter obligatorio y vinculante para toda la administraci\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Adem\u00e1s, en consonancia con lo resuelto por la Procuradur\u00eda General del Estado resulta importante destacar que la Contralor\u00eda General del Estado en ejercicio de sus competencias de control y vigilancia de gasto p\u00fablico ya se ha pronunciado a trav\u00e9s de varios ex\u00e1menes especiales, entre los que podemos citar el examen No. DR6-DPCH-GADCG-AI-0052-2016 practicado sobre los gastos realizados por el GADM de Guaranda durante las fiestas de los carnavales del periodo comprendido entre el a\u00f1o 2011 al 2014, en este documento se concluye que existi\u00f3 afectaci\u00f3n al presupuesto municipal por un valor de USD $870, 968.50, dineros que fueron gastados a trav\u00e9s de proceso de contrataci\u00f3n de r\u00e9gimen especial en los eventos desarrollados por motivo del carnaval de Guaranda en donde se contrataron artistas internacionales, servicio de alquiler de tarima, luces, sonido, pantalla del, videos y material publicitario, egresos que no guardan relaci\u00f3n con las competencias del GAD Municipal, afectando el principio de legalidad e incumplimiento las disposiciones contenidas en los art\u00edculos 226 de la Constituci\u00f3n, 12 literal a) de la Ley Org\u00e1nica de la Contralor\u00eda General del Estado, 104 del C\u00f3digo Org\u00e1nico de Planificaci\u00f3n y Finanzas P\u00fablicas y 89 de su reglamento general, 1 del reglamento al Art 104 del COPFP, 341 literal c) del C\u00f3digo Org\u00e1nico de Organizaci\u00f3n Territorial, Autonom\u00eda y Descentralizaci\u00f3n e inobservancia de las Normas de Control Interno&nbsp; 402-02 \u201cControl previo al compromiso, 402-03 \u201cControl previo al devengado\u201d y 403-08 \u201cControl previo al pago.\u201d. Finalmente podemos citar el examen especial No. DR6-DPCH-GADMCGUANO-AI-0023-2016 practicado sobre los gastos realizados por el GAD Municipal de Guana durante el periodo 2012 a 2015, en este informe la Contralor\u00eda tambi\u00e9n concluye que el municipio no puede destinar recursos p\u00fablicos a fines ajenos a sus competencias legales, o sea, no se puede utilizar dineros p\u00fablicos para contratar ni artistas, ni tarimas, ni iluminaci\u00f3n, ni sonido con el objeto de celebrar fiestas de cantonizaci\u00f3n, pues estas acciones constituyen violaciones a expresas disposiciones legales ya citadas. Para el caso de este examen especial la Contralor\u00eda determin\u00f3 un perjuicio econ\u00f3mico de USD 82,850.50 d\u00f3lares de los Estados Unidos de Am\u00e9rica.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Con lo expuesto, se evidencia que los organismos de control ya se han pronunciado sobre circunstancias con identidad objetiva, en donde se han establecido responsabilidades administrativas por el mal uso de los fondos p\u00fablicos. Para el caso que nos ocupa, las acciones del GAD Municipal de Machala en torno a la contrataci\u00f3n de fiestas cantonales por USD $420,000.00 constituyen conductas irresponsables y arbitrarias, debido a la inobservancia de disposiciones legales expresas que rigen tanto la contrataci\u00f3n publica como el gasto del presupuesto municipal.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Considero que es necesario que toda la comunidad machale\u00f1a preste atenci\u00f3n al c\u00f3mo se utilizan los recursos, pues como ciudadanos debemos ser los primeros fiscalizadores de la administraci\u00f3n p\u00fablica, debemos exigir a las autoridades que su gesti\u00f3n se enmarque en los par\u00e1metros determinados en la Constituci\u00f3n y en la ley, y que los dineros p\u00fablicos se gasten con eficacia pero tambi\u00e9n con eficiencia, de lo contrario, al guardar silencio estamos conden\u00e1ndonos y condenando a nuestros hijos a permanecer en el subdesarrollo.&nbsp; Espero sinceramente que mi aporte como profesional del derecho contribuya a generar un debate necesario sobre el control de los dineros p\u00fablicos en la gesti\u00f3n municipal.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Gobierno Aut\u00f3nomo Descentralizado Municipal de Machala en el mes de marzo del presente a\u00f1o 2022, adjudic\u00f3 al proveedor Corporaci\u00f3n MIDAS el contrato de r\u00e9gimen especial No. RE-OACI-GADMM-01-022 cuyo objeto se denomina \u201cRealizaci\u00f3n de show art\u00edstico Machala Tur\u00edstica.\u201d, por el valor de USD 420 mil d\u00f3lares de los Estados Unidos de Am\u00e9rica<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":1562,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":true,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4,1,7],"tags":[],"class_list":["post-1561","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-loultimo","category-locales","category-noticias"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/aliamaya.com\/playerhd.eu\/radio\/aliradio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1561","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/aliamaya.com\/playerhd.eu\/radio\/aliradio\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/aliamaya.com\/playerhd.eu\/radio\/aliradio\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/aliamaya.com\/playerhd.eu\/radio\/aliradio\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/aliamaya.com\/playerhd.eu\/radio\/aliradio\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1561"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/aliamaya.com\/playerhd.eu\/radio\/aliradio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1561\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1564,"href":"https:\/\/aliamaya.com\/playerhd.eu\/radio\/aliradio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1561\/revisions\/1564"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/aliamaya.com\/playerhd.eu\/radio\/aliradio\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1562"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/aliamaya.com\/playerhd.eu\/radio\/aliradio\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1561"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/aliamaya.com\/playerhd.eu\/radio\/aliradio\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1561"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/aliamaya.com\/playerhd.eu\/radio\/aliradio\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1561"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}