La denuncia presentada por la bancada UNES en contra de los miembros del Consejo de AdministraciΓ³n Legislativa tiene relaciΓ³n con un supuesto incumplimiento de funciones en el tratamiento de dos proyectos de derogatoria de la ley tributaria que fue publicada en el Registro Oficial como decreto-ley en noviembre del 2021.
En el texto los legisladores relatan que el 7 de diciembre de 2021 la asambleΓsta Viviana Veloz presentΓ³ el proyecto de ley orgΓ‘nica derogatoria del decreto-ley orgΓ‘nica para el desarrollo econΓ³mico y sostenibilidad fiscal tras la pandemia COVID-19, a dicho proyecto se realizΓ³ un alcance el 20 de diciembre de 2021. El 17 de marzo de 2022 el proyecto fue calificado por el CAL, es decir, pasaron 87 dΓas desde que se presentΓ³ el alcance al proyecto de ley.
La bancada UniΓ³n por la Esperanza (UNES) presentΓ³ este 5 de abril una denuncia en contra de los siete miembros del Consejo de AdministraciΓ³n Legislativa (CAL), por supuesto incumplimiento de funciones en el trΓ‘mite de los dos proyectos de ley que planteaban la derogatoria a la ley tributaria.

La denuncia la formalizaron cuatro legisladores de UNES: Viviana Veloz, Luisa GonzΓ‘lez, Blasco Luna y Fausto JarrΓn. Este ΓΊltimo seΓ±alΓ³ que con esta denuncia se quita el pretexto a la presidenta de la Asamblea, Guadalupe Llori, para que se proceda a conformar la comisiΓ³n pluripartidista que investigue el accionar de los siete miembros del CAL, que preside Llori.
Antes se presentΓ³ una denuncia en contra de la presidenta de la legislatura por parte del bloque del Partido Social Cristiano (PSC), tambiΓ©n por supuesto incumplimiento de funciones debido a la suspensiΓ³n recurrente de las sesiones y ademΓ‘s por no dar paso al pedido de apelaciΓ³n en la sesiΓ³n del pasado 24 de febrero.
El artΓculo 56 de la Ley de la FunciΓ³n Legislativa dispone que el CAL en un plazo mΓ‘ximo de 60 dΓas, desde su presentaciΓ³n, calificarΓ‘ los proyectos de ley remitidos por la presidenta de la Asamblea Nacional. En este caso el Consejo de AdministraciΓ³n Legislativa se excediΓ³ en 27 dΓas, lo cual consideran grave tomando en cuenta la importancia de este proyecto para enmendar una βilegitimidadβ cometida por el presidente de la RepΓΊblica.
En el texto de la denuncia se seΓ±ala que ademΓ‘s del incumplimiento en el plazo, el CAL cometiΓ³ otra irregularidad pues resolviΓ³ que antes de la calificaciΓ³n del proyecto se remitiera al pleno de la Asamblea Nacional una mociΓ³n para que dicho Γ³rgano envΓe el proyecto a la Corte Constitucional para consultarle respecto al alcance del artΓculo 140 de la ConstituciΓ³n. Esta mociΓ³n se aprobΓ³ en la sesiΓ³n del CAL del 28 de enero de 2022. Ese procedimiento, segΓΊn la denuncia, no se encuentra en la Ley OrgΓ‘nica de la FunciΓ³n Legislativa, por lo tanto, se seΓ±ala que se inventaron un procedimiento que no consta en la ley.
Una segunda causal se refiere a un supuesto incumplimiento al artΓculo 14 de la Ley de la FunciΓ³n Legislativa, referente a la consulta prelegislativa y sostiene que hasta el momento no existe un reglamento actualizado para dicha consulta, lo cual ha afectado el cronograma para el tratamiento de la reforma a la ley de minerΓa y a la ley de desarrollo fronterizo. Por lo tanto, los miembros del CAL incumplieron sus funciones.
